Documentos / Instrumentos
Importante
Toda instrucción (formularios, declaraciones juradas, boletos de compra o venta) y notas aclaratorias presentadas por el cliente, en todos los casos deberán contar con las firmas y facultades verificadas.
Ingresos de Fondos (Órdenes de Pago)
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¿Existe algún límite para recibir ayuda familiar del exterior?
Es de práctica común en el mercado que el tope por ayuda Familiar es de USD. 5.000 mensuales o su equivalente en otras monedas. Cabe aclarar que el ordenante debe ser una persona física no residente y el beneficiario/cliente residente en nuestro país.
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¿Si un residente le vende un bien a otro residente, puede recibir en forma de pago una transferencia desde el exterior?
No, dado que las operaciones entre residentes se deben cancelar localmente, excepto que el mismo se efectúe por algunas de las siguientes alternativas:
a) El residente recibe el pago en su cuenta en el exterior y luego puede repatriar los fondos o
b) El residente que debe pagar, ingresa los fondos al mercado de cambios como repatriación y le paga en pesos al residente en el país.
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¿Se puede cobrar una exportación en dólares billete?
No. Deben cobrarse en divisa, que si bien es la misma moneda, corresponde a distinta especie. La divisa es dólares u otra moneda extranjera depositada en cuentas de corresponsales del exterior.
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¿En qué casos puedo devolver al ordenante del exterior una orden de pago recibida?
Se puede devolver, si la misma no corresponde a un concepto de ingreso y negociación obligatoria en el mercado local de Cambios (no debe corresponder a cobro de exportaciones / servicios/ prestamos financieros / activos intangibles no producidos, etc), siempre y cuando los datos del ordenante de la transferencia estén completos.
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¿Cuándo debe declararse en la A3602 un Cobro Anticipado o una Prefinanciación de Exportaciones?
La fecha de origen de la operación, será la fecha de concertación en el mercado único y libre de cambios, salvo que la aplicación se produzca en el mismo trimestre calendario en el que se originó el anticipo, en cuyo caso no corresponde su declaración.
Se podrá considerar a la fecha de embarque como fecha de aplicación del anticipo, siempre que el exportador solicite al banco seleccionado para el seguimiento del permiso de embarque, la aplicación del anticipo presentando el correspondiente certificado emitido por la entidad a cargo del seguimiento del anticipo dentro de los 10 días hábiles de la fecha de embarque. En caso contrario, la fecha de aplicación será la fecha en que el exportador solicite a la entidad a cargo del seguimiento del anticipo, el correspondiente certificado de aplicación.
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¿Cuál es el plazo para liquidar divisas por el cobro de exportaciones de bienes?
El plazo depende de acuerdo a la posición arancelaria del bien, son fijados por la Secretaria de Industria Comercio y se cuentan a partir de la fecha de cumplido de embarque y dependiendo del bien pueden variar de 60 a 360 días corridos.
Adicionalmente a los plazos establecidos el exportador dispone de 120 días hábiles adicionales para la liquidación de las divisas en el mercado de cambios.
Los fondos percibidos en cuentas del exterior del exportador que correspondan a cobros de exportaciones de bienes que estén alcanzados por la obligación de ingreso y liquidación en el mercado local de cambios, y a cobros anticipados de exportaciones de bienes, contarán con un plazo de 10 días hábiles para su transferencia a cuentas de corresponsalía de entidades financieras locales.
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¿Cuál es el plazo para liquidar divisas por el cobro de exportaciones de servicios/servicio prestados a no residentes?
Los ingresos por servicios prestados a no residentes tienen 15 días hábiles para su ingreso y liquidación en el mercado de cambios, los que se cuentan desde la fecha de su percepción en el exterior o en el país o su acreditación en cuentas del exterior.
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¿Puedo repatriar Fondos de libre disponibilidad y luego volver a enviarlos al exterior?
Si, está contemplado, pero únicamente hasta el límite establecido por las normas cambiarias. USD.2MM por mes calendario en el total del sistema financiero, para la totalidad de los conceptos que conforman el rubro "Formación de Activos Externos".
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¿Si tengo un Permiso de embarque en Dólares y recibo el pago en Euros, que tipo de pase se tomará?
Se toma el tipo de pase del día de liquidación de la operación, en todos los casos.
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¿Cuál es el plazo para liquidar divisas por Préstamos Financieros?
El ingreso y liquidación en el mercado de cambios puede realizarse en un plazo de hasta 365 días corridos de la fecha de desembolso de los fondos, siendo de aplicación las normas cambiarias vigentes al momento de acceso al mercado de cambios.
Egresos de Fondos (Transferencias de divisas al Exterior)
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¿Se puede cancelar un Préstamo financiero, antes de la fecha de vencimiento?
Si, siempre y cuando cumpla con alguna de las siguientes alternativas:
a) En cualquier momento dentro de los 30 días corridos previos al vencimiento. en la medida que se cumpla el plazo mínimo de permanencia de 365 días corridos desde la fecha de liquidación de las divisas en el mercado de cambios, o de la última renovación.
b) Anticipadamente a plazos mayores a 30 (treinta) días corridos en forma parcial o total siempre que se cumpla el plazo mínimo de permanencia, en la medida que el monto en moneda extranjera por el cual se procederá a precancelar la deuda con el exterior debe ser no mayor al valor actual de la porción de la deuda que se cancela
Si el préstamo fue otorgado con un vencimiento de 365 días, no se podrá efectuar ninguna cancelación anticipado al vencimiento.
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¿En qué casos se permite el acceso al mercado de cambios para el pago de servicios de intereses de deuda del sector privado no financiero y financiero?
La norma en general establece:
a) Con una anticipación de hasta 15 días corridos a la fecha de Vencimiento de cada cuota
b) Devengados en cualquier momento del periodo corriente.
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¿Un residente puede transferir fondos al exterior en concepto de inversiones, a una cuenta que no pertenezca al mismo ordenante?
No, quien transfiere al exterior debe hacerlo a su propia cuenta para el caso de inversión de portafolio, dentro del límite de los 2MM.
Si, para otros tipos de inversiones como ser: inmobiliarias, aportes de capital, dentro del mismo limite y presentando la documentación de respaldo correspondiente.
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¿Se puede transferir divisas a una empresa local que me brindó un servicio y me pidió que le pague en el exterior?
Las transferencias por servicios deben corresponder a prestaciones de No Residentes. Las operaciones locales deben abonarse localmente en pesos.
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El cliente efectúa un pago anticipado de importación y el valor de la mercadería recibida es menor al importe de dicho pago ¿Qué alternativas tiene el importador para regularizar el saldo del pago anticipado?
a) Aplicar otro registro de ingreso aduanero correspondiente a un embarque del mismo proveedor del exterior dentro del mismo plazo.
b) Dentro de los 10 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo establecido para regularizar el pago anticipado, ingresar y liquidar en el mercado local de cambios el importe de la diferencia en divisas.
c) Cuando la diferencia no supere el equivalente de USD 10.000.- usar la franquicia de registro de la cancelación, siempre que se cumplan las otras condiciones.
Si corresponde, solicitar una prórroga del plazo para la demostración del registro de ingreso aduanero.
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¿Puede un residente efectuar compensaciones de deudas y acreencias con el exterior?
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¿En qué casos un residente del sector privado no financiero debe efectuar la declaración de pasivos con el exterior prevista en la Com. BCRA "A" 3602?
Las declaraciones corresponden al endeudamiento a fin de cada trimestre calendario para todo tipo de deudas con el exterior, sean éstas de carácter comercial o financiero.
No corresponde declarar deudas originadas y canceladas en un mismo trimestre calendario.
La fecha de origen de las deudas comerciales por importación de bienes es la fecha en la cual, según la condición de compra pactada, se considere cumplida la obligación de entrega del bien del proveedor del exterior al importador.
La fecha de origen de las deudas por el concepto de Servicios es la fecha de devengamiento de los mismos, que deben documentarse con facturas, contratos, etc.
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